Oficial: Boca ganó los puntos

El Tribunal de Disciplina de la Asociación de Clubes, según lo dispuesto por el reglamento del torneo, le dio a Boca por ganado el partido ante Quimsa que no se disputó por no funcionar el reloj de 24 segundos. Se resolvió darle 2 puntos a Boca y 1 punto a los santiagueños. FECHA: 22/03/2010 EXPTE […]


El Tribunal de Disciplina de la Asociación de Clubes, según lo dispuesto por el reglamento del torneo, le dio a Boca por ganado el partido ante Quimsa que no se disputó por no funcionar el reloj de 24 segundos. Se resolvió darle 2 puntos a Boca y 1 punto a los santiagueños.

FECHA: 22/03/2010

EXPTE No: 579/2010

PARTIDO: QUIMSA vs AEROCHACO BOCA JRS. (19/03/2010)

INCULPADO: QUIMSA

TRIBUNAL DISCIPLINARIO RESUELVE

DAR POR PERDIDO EL PARTIDO al INCULPADO, en virtud de lo dispuesto por EL ART. 71 inc. a.3, y los arts. 37, 40 inc. b. del C.P., con los alcances de lo establecido en el mismo art. 71 inc.c.2.c segundo párrafo del C.P. por lo que SE RESUELVE dar por terminado el partido correspondiendo adjudicar DOS PUNTOS a AEROCHACO BOCA JUNIORS y UN PUNTO A LA ASOCIACION ATLETICA QUIMSA.

Con Costas $: 50,00.-

ARTICULO 71º: Corresponderá la PERDIDA DE PUNTOS o el DESCUENTO DE

PUNTOS en los Inc. previstos en es te artículo, sin perjuicio de otras sanciones que

prevé este Código:

a. PERDIDA DE PUNTOS:

3) La Entidad local que no presentare, al momento de la iniciación del encuentro, a criterio de los jueces, todos los elementos necesarios para el normal desarrollo del encuentro y que la reglamentación exige.

c. Dado que las reglas oficiales del básquetbol establecen que la clasificación de los equipos en cada grupo de un torneo se hará por puntos, adjudicando DOS PUNTOS por cada partido GANADO, UN PUNTO por cada partido PERDIDO y CERO PUNTOS por cada partido perdido por no presentación, a los efectos de aplicación de lo dispuesto en este articulo, se deberá seguir el siguiente criterio:

2) En el caso del inciso a.3):

c) El H.T.D. evaluará el informe, los descargos y resolverá en definitiva:

(2) Si el H.T.D. resuelve que la Entidad responsable pierde el partido, habiendo presentado todos los elementos necesarios para el normal desarrollo del mismo y que la Reglamentación exige, pero no se disputó o no se siguió disputando porque los mismos sufrieron un impedimento insalvable, ese equipo perderá correspondiéndole UN punto.

Informe: LNB.com.ar